Licenciamiento de IA y Datos · Memorando

Derechos sobre Outputs de IA y Derechos de Autor Tras la Orientación de la USCO 2023-2025

La orientación de la USCO de 2023-2025 y la decisión Thaler han establecido la regla estructural sobre los outputs de IA. La aplicación sigue abierta, y quiero analizar qué es registrable, qué no lo es y cómo redactar para anticipar la incertidumbre.

La declaración de política de 2023 de la Oficina de Derechos de Autor (USCO) sobre obras que contienen material generado por IA, el informe de 2024 sobre derechos de autor e IA, y el informe de enero de 2025 Parte 2 (sobre posibilidad de protección por derechos de autor) establecen conjuntamente el marco. El output de IA puro sin autoría humana suficiente no es protegible por derechos de autor. Las obras asistidas por IA donde el humano ha seleccionado, dispuesto, modificado o ejercido de otro modo control creativo sobre el resultado pueden ser protegibles en los elementos de autoría humana. Thaler v. Perlmutter, 687 F. Supp. 3d 140 (D.D.C. 2023), confirmado en disposición no publicada por el Circuito de D.C., confirma la regla de autoría humana a nivel constitucional bajo la Ley de Derechos de Autor (Copyright Act), 17 U.S.C. section 101 et seq.

La regla estructural es clara. La aplicación es donde los profesionales realizan su trabajo.

Qué cuenta como "autoría humana suficiente"

La orientación de la USCO ha identificado algunos patrones que la Oficina ha tratado, y no ha tratado, como suficientes.

La estrategia de registro

Para el asesor que registra obras asistidas por IA, el enfoque estructural que utilizo es:

  1. Identificar los elementos de autoría humana. Recorrer la obra e identificar lo que creó un humano (texto, selección, disposición, modificaciones). Documentar el proceso. Guardar borradores, historiales de versiones y los prompts.
  2. Identificar los elementos generados por IA. Listar el material que fue generado por IA y las herramientas utilizadas. La obligación de divulgación requiere esto.
  3. Registrar solo los elementos de autoría humana. La solicitud debe expresamente excluir el material generado por IA y reclamar derechos de autor sobre el contenido de autoría humana. Este es el enfoque que supera la revisión de la Oficina bajo la orientación actual.
  4. Documentar el proceso creativo. Si la obra implica una modificación humana sustancial de outputs de IA, documentar la modificación. La revisión de la Oficina se centra en la contribución humana, y la documentación respalda el registro si se impugna.

Tratamiento contractual de los outputs

Para los acuerdos que implican outputs generados por IA (ya sean licencias de software, contratos de servicios profesionales o licencias de contenido), la estructura contractual ahora necesita abordar explícitamente los derechos de autor en los outputs. Las medidas de redacción:

La cuestión de la infracción en los outputs

El otro lado de la cuestión de los derechos sobre outputs es cuándo un output de IA infringe los derechos de autor de otra persona. La jurisprudencia se está desarrollando en múltiples asuntos. La acción Doe v. GitHub planteó la cuestión para outputs de código. La acción Andersen v. Stability AI la planteó para outputs de imágenes. La demanda NYT v. OpenAI incluye alegaciones específicas de reproducción literal o casi literal de contenido de NYT en outputs del modelo. Las teorías jurídicas incluyen la infracción directa (el output es en sí mismo una copia infractora), la infracción contributiva (el modelo permite al usuario infringir) y la infracción vicaria (el proveedor del modelo se beneficia de la infracción que tiene el derecho y la capacidad de controlar).

Para los licenciatarios de herramientas de IA utilizadas en trabajo comercial, la postura práctica es que algunos outputs pueden infringir y el licenciatario no debe asumir lo contrario. La indemnización del proveedor analizada en mi memorando sobre indemnización IP en SaaS es la red de seguridad contractual. La disciplina operativa del licenciatario es la red de seguridad práctica: no utilice outputs de IA que visiblemente reproduzcan obras identificables de terceros sin una autorización separada.

Lo que comunicaría a los clientes

Tres puntos que me aseguro de que los clientes entiendan antes de depender de material generado por IA en un flujo de trabajo comercial.

  1. El estatus de derechos de autor de los outputs de IA puros es actualmente "sin derechos de autor" bajo la orientación de la USCO y Thaler. Un competidor puede copiar el output y venderlo sin responsabilidad por infracción ante el licenciatario. Si la exclusividad importa para el modelo de negocio, el licenciatario necesita agregar una capa de autoría humana o depender de un régimen de propiedad intelectual diferente.
  2. La divulgación en el registro es obligatoria. El licenciatario no debe presentar un registro que reclame más de lo que la ley actualmente permite. La declaración falsa de autoría en un registro es un problema de nivel federal.
  3. La ley está evolucionando. La USCO puede emitir orientación adicional. El Noveno Circuito y el Circuito Federal pueden emitir resoluciones en los asuntos pendientes. La posición de redacción debe ser suficientemente conservadora para sobrevivir un endurecimiento de las reglas, con mecanismos que permitan a las partes capturar protección adicional si las reglas se flexibilizan.

La postura de la USCO sobre los prompts

Un área donde no pondría en juego la exclusividad de un cliente: los propios prompts. La Oficina ha tomado la posición, reiterada en el informe Parte 2, de que los prompts son como instrucciones a un artista, y que el artista (el modelo) es quien realiza el trabajo creativo que en última instancia produce el output. Los comentaristas han argumentado que los prompts muy desarrollados son en sí mismos autoría, y hay un caso académico plausible para esa visión. La posición actual de la Oficina es la contraria, y el asesor que registra obras no debe asumir que el caso académico prevalecerá en el corto plazo.

El resumen, para el asesor que gestiona un proceso creativo asistido por IA: registre los elementos de autoría humana, divulgue la contribución de la IA, documente el proceso, ceda cualquier derecho de autor existente y no dependa del material generado por IA solo para la exclusividad. La redacción debe anticipar que la ley se endurecerá antes de flexibilizarse, y los acuerdos deben redactarse para sobrevivir cualquier trayectoria.

Cláusulas prácticas que incluyo en los borradores actuales

Algunas medidas específicas de redacción que incluyo en los acuerdos de 2026 donde los outputs asistidos por IA están en el alcance.

Nada de esto resuelve la cuestión subyacente de los derechos de autor. La redacción simplemente asegura que las partes hayan asignado el riesgo explícitamente en lugar de dejar que un tribunal lo decida en 2027 o 2028 basándose en la teoría que haya prevalecido en las decisiones de apelación para entonces. Los asesores que tratan los derechos sobre outputs como una nota al pie en un acuerdo de IA son los que llamarán más tarde para preguntar si su cliente es dueño de lo que pensaban que era dueño.

¿Cuestión de derechos sobre outputs de IA en su escritorio?

Si está evaluando los derechos de autor en trabajo asistido por IA o redactando una cláusula de asignación de outputs y desea un análisis escrito bajo la orientación actual de la USCO, escriba a owner@terms.law con los detalles de la obra o el acuerdo.

Sergei Tokmakov, Esq., CA Bar #279869. Este memorando es comentario de un abogado sobre cuestiones jurídicas y no constituye asesoramiento legal. Su lectura no crea una relación abogado-cliente. Los resultados de asuntos anteriores dependen de los hechos y de la parte demandada; nada aquí es una predicción de resultado.